Autorización de residencia temporal y trabajo a través de Gestión colectiva de contrataciones en origen (GECCO). Temporada o campaña

Autorización de Residencia y Trabajo: Gestión Colectiva de Contrataciones en Origen (GECCO) – Temporada o Campaña

Este permiso de residencia y trabajo temporal se puede conceder a ciudadanos extranjeros que no residan en España. Es aplicable a trabajos de temporada o campaña, con una duración máxima de nueve meses en actividades del sector agrícola, o para contratos que no superen el año en actividades como el montaje de plantas industriales o eléctricas, construcción de infraestructuras, y otros tipos de construcciones, así como su puesta en marcha y reparaciones, entre otros.

Índice

Normativa que Regula la Autorización de Residencia y Trabajo

Este tipo de permiso está regulado por la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre los Derechos y Libertades de los Extranjeros en España y su Integración Social (artículo 39). Además, se detalla en el Reglamento de la Ley Orgánica 4/2000, aprobado por el Real Decreto 557/2011 de 20 de abril (artículos 167 a 177).

Desde 2012, la gestión colectiva de contrataciones en origen está regulada por la Orden ESS/1/2012, de 5 de enero, y la Orden ESS/2505/2014, de 29 de diciembre, que prorroga la vigencia de la primera.

Requisitos para la Autorización de Residencia y Trabajo

Para los Trabajadores:

  • Los solicitantes no deben residir en España, ni ser ciudadanos de la Unión Europea, del Espacio Económico Europeo o de Suiza, ni familiares de ciudadanos de estos países a los que se les aplique el régimen de la UE.
  • El solicitante debe carecer de antecedentes penales en España o en países donde haya residido, por delitos tipificados en el ordenamiento español.
  • No deben tener prohibida la entrada a España, ni figurar como rechazables en el territorio de países con los que España tenga acuerdos sobre esta materia.
  • No pueden estar dentro de un plazo de compromiso de no retorno a España que el extranjero haya aceptado al retornar voluntariamente a su país de origen.
  • No deben padecer enfermedades que tengan repercusión para la salud pública, según el Reglamento Sanitario Internacional de 2005.
  • Deben comprometerse a regresar a su país de origen una vez finalizada la relación laboral.

Para los Empleadores:

  • Los empleadores deben presentar ofertas de empleo genéricas, y los trabajadores deben ser seleccionados en sus países de origen. Se dará prioridad a candidatos de países con los que España haya firmado acuerdos de regulación de flujos migratorios.
  • Las ofertas de empleo nominativas solo pueden presentarse si el trabajador ha sido anteriormente titular de una autorización de residencia y trabajo en España, y ha acreditado su regreso al país de origen ante la autoridad consular española.
  • La selección del trabajador debe ser realizada por una empresa del mismo grupo o titularidad que la empresa contratante. Además, las ofertas laborales deben ser presentadas por organizaciones empresariales representativas.
  • Los empleadores deben demostrar contar con medios económicos, materiales o personales suficientes para cumplir con el proyecto empresarial y las obligaciones contractuales, además de estar al corriente de sus obligaciones tributarias y de la Seguridad Social.
  • El Servicio Público de Empleo debe certificar que no existen candidatos en España para cubrir el puesto ofrecido.

Garantía de Alojamiento y Viaje:

  • El empleador debe proporcionar al trabajador un alojamiento adecuado, que cumpla con las condiciones de dignidad e higiene.
  • Asimismo, deben organizar y cubrir los costes del viaje de llegada y regreso al país de origen, así como el transporte desde el punto de entrada a España hasta el alojamiento.
  • Deben garantizar el retorno del trabajador a su país de origen una vez finalizada la relación laboral.

Documentación Necesaria para Tramitar la Autorización de Residencia y Trabajo

Se deben presentar copias de los documentos y exhibir los originales al momento de la solicitud. Los documentos necesarios incluyen:

  • El formulario de solicitud de oferta y los anexos III.(A) y III.(B) para ofertas genéricas, o III.(C) para ofertas nominativas.
  • Documentación que identifique a la empresa:
    • Para empresarios individuales: NIF o NIE, y el consentimiento para verificar la identidad a través del Sistema de Verificación de Datos de Identidad y Residencia.
    • Para personas jurídicas (S.A., S.L., cooperativas, etc.): NIF de la empresa, escritura de constitución inscrita en el Registro correspondiente, documento público que acredite la representación legal del firmante, y NIF o NIE del firmante.
  • Acreditación de la solvencia de la empresa, como declaraciones del IRPF, IVA o del Impuesto de Sociedades, o el informe de vida laboral de la empresa (VILE) de los últimos tres años.
  • Certificación del Servicio Público de Empleo sobre la falta de candidatos en España y documentación sobre el alojamiento adecuado.
  • Documentación que acredite la organización de los viajes y la asunción de los costes del primer viaje, así como el transporte desde la entrada a España hasta el alojamiento.

Este proceso garantiza una vía legal y estructurada para la contratación de trabajadores extranjeros para empleos temporales, asegurando protección y cumplimiento de las obligaciones para ambas partes.

Recomendados

Permiso de Residencia Temporal y Trabajo por Cuenta Ajena en España

Permiso de Residencia Temporal y Trabajo por Cuenta Ajena en

Permiso de Residencia de Inversor en España (Golden Visa SPAIN)

La Golden Visa Spain de España (es decir, la residencia

Permiso de residencia para Profesional Altamente Cualificado (PAC)

¿Qué es la residencia para profesionales altamente cualificados? El Permiso

¿Quieres más información?

Te acompaño desde hoy mismo a resolver cualquier tramitación que necesites
Scroll al inicio